Antes mencionamos la posibilidad de declarar criptomonedas dentro de la actividad económica en la renta. ¿Qué significa? Que existen entidades y trabajadores autónomos cuya actividad principal puede consistir en la compraventa de criptomonedas. En primer lugar, cabe mencionar que el Gobierno de España reconoce las criptomonedas como un medio de pago totalmente lícito desde el año 2015, mucho antes de establecer un marco regulatorio mínimo. No sería hasta 6 años después cuando la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal recogería la obligatoriedad de declarar las operaciones con criptomonedas, pues la Agencia Tributaria considera que estas divisas pueden ser causantes de ganancias o pérdidas patrimoniales y que tienen una incidencia real sobre el bolsillo del contribuyente. Por tanto, estos activos se incluyeron en la renta por primera vez y de forma oficial en 2022. declarar tenencia criptomonedas